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GT-IVTM Solicitud Exención para personas con movilidad reducida

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GT-IVTM Solicitud Exención para personas con movilidad reducida

SOLICITUD EXENCIÓN EN EL IMPUESTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA  (i.V.T.M.) para personas con movilidad reducida

Solicitud de exención en el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (I.V.T.M.)

  • Vehículos cuyo titular tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% y declaren responsablemente que hacen un uso exclusivo del vehículo.
  • Vehículos para personas de movilidad reducida (letra A del Anexo II del Reglamento General de Vehículos).

información

La exención:

  • Se concede a petición de la persona interesada.
  • No resultará aplicable a las personas sujetos pasivos beneficiarias por más de un vehículo simultáneamente.
  • La concesión tendrá carácter provisional y se podrá comprobar posteriormente, por parte de la Administración, la concurrencia de las condiciones necesarias para disfrutar de la misma.
  • Las exenciones solicitadas con posterioridad al devengo del impuesto (1 de enero) cuya liquidación no hubiera adquirido firmeza (1 mes desde la fecha de finalización del plazo de exposición pública) producirá efectos en el mismo ejercicio, siempre que se cumplan los requisitos establecidos para tener derecho cuando se devengó el impuesto.

Formas de presentación

  • SEDE ELECTRÓNICA
    • Si dispone de certificado digital
      • Puede identificarse en esta sede electrónica y registrar su solicitud pulsando el botón Nueva Instancia.
      • Una vez registrada debe firmar su solicitud con su certificado digital.
    • Si no dispone de certificado digital
      • Puede identificarse en esta sede electrónica y registrar su solicitud pulsando el botón Nueva Instancia, pero no podrá firmarla digitalmente.
      • Una vez registrada deberá firmar su solicitud presencialmente en la OAC (Oficina de Atención Ciudadana) - Plaça País Valencià, 5 - 46183 l'Eliana (Valencia), en un plazo máximo de 10 días. 
      • Para ello, deberá aportar únicamente su documento de identidad e indicar el número de registro de entrada que desea firmar. No es necesario que la imprima. 
    • Recuerde que si es un sujeto obligado, según lo que establece el artículo 14.2 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, tiene la obligación de hacer uso de medios telemáticos y, por tanto, no se admitirá su solicitud de manera presencial.
  • PRESENCIALMENTE
    • Puede registrar su solicitud en:
      • OAC (Oficina de Atención Ciudadana) - Plaça País Valencià, 5 - 46183 l'Eliana (Valencia)
      • Cualquier otro de los previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

documentación a aportar

Con carácter general:

  • Permiso de circulación del vehículo a nombre de la persona beneficiaria.
  • Tarjeta de Inspección Técnica del Vehículo.

En el caso de solicitud de exención por reconocimiento de un grado de discapacidad igual o superior al 33%:

  • Documento acreditativo de la condición de discapacidad igual o superior al 33% (mediante cualquiera de los siguientes documentos):
    • Certificado o resolución expedida por la Generalitat Valenciana.
    • Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) reconociendo la condición de pensionista por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez.
    • Resolución del Ministerio de Economía y Hacienda o del Ministerio de Defensa reconociendo una pensión de jubilación o retirada por incapacidad permanente para al servicio o inutilidad.
    • Resolución o certificado expedido por el órgano competente, acreditativo del grado de discapacidad (documento expedido fuera del territorio nacional).

En el caso de que la persona titular no esté empadronada en l'Eliana:

  • Certificación del municipio de residencia en la que conste que no goza de exención por idénticas circunstancias en otro vehículo en dicho municipio.

En el caso de tramitación presencial:

  • Modelo de Solicitud (únicamente para tramitación presencial)
    • El modelo de solicitud para tramitación presencial podrá descargarlo en el apartado DOCUMENTACIÓN.

En el caso de actuar por medio de representante:

  • Documentación acreditativa de la representación
    • Debe acreditar la representación mediante cualquier medio válido en Derecho que permita dejar constancia fidedigna de su existencia (poderes notariales, escrituras de las empresas en las que se determine el sujeto que la ostenta, certificado de un registro público, apoderamiento apud acta, etc.) 
    • En caso de ser persona física y  no poder acreditar la representación por estos medios debe cumplimentar el Modelo de Representación debidamente firmado acompañado de la documentación que se indica en el mismo. Puede descargarlo en el apartado PLANTILLAS DE DOCUMENTOS A PRESENTAR.

RESOLUCIÓN

  • Órgano que resuelve: 
    • Alcaldía.
  • Plazo resolución: 
    • 6 meses.
  • Silencio: 
    • Negativo. Finalizado el plazo de resolución, sin haberse producido respuesta por parte de la administración la solicitud se debe entender desestimada.

NORMATIVA

preguntas frecuentes

  • ¿La exención tiene carácter retroactivo?
    • No, existe un plazo de solicitud que varía cada año en función de la fecha de publicación en el B.O.P. del acuerdo de aprobación del padrón municipal de vehículos. Las liquidaciones del impuesto de los ejercicios anteriores tienen carácter firme y no son recurribles.
  • ¿Si adquiero un nuevo vehículo y he dado de baja definitiva el vehículo para el que tenía concedida la exención, puedo trasladar la exención concedida anteriormente al nuevo vehículo?
    • Sí, previa solicitud de la persona que tenga reconocido un grado de discapacidad o su representante y con efectos de aplicación para el ejercicio siguiente al de la baja del vehículo para el que se tenía concedida la exención.
  • ¿Si adquiero un nuevo vehículo y no doy de baja definitiva el vehículo para el que tenía concedida la exención, puedo trasladar la exención concedida anteriormente al nuevo vehículo?
    • Sí, previa solicitud de la persona que tenga reconocido un grado de discapacidad o su representante y con efectos de aplicación para el ejercicio siguiente.
    • La solicitud se habrá de realizar con anterioridad a la fecha de devengo del año para el cual se desee la aplicación de la exención en el nuevo vehículo, renunciando a la que se tenía concedida.

información de contacto

OAC - OFICINA DE ATENCIÓN CIUDADANA

  • Dirección: Plaça País Valencià, 5 - 46183 l'Eliana (Valencia)
  • Tlf: 962758030

DEPARTAMENTO DE GESTIÓN TRIBUTARIA

  • Dirección: Plaça País Valencià, 3 - 46183 l'Eliana (Valencia)
  • e-mail: gestiontributaria@leliana.es
  • Tlf: 962758030 – ext. 232

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
AJUNTAMENT DE L'ELIANA - P4611800F
Plaça del País Valencià, 5
46183 l'Eliana (Valencia)
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